TFG-TFM en programas de movilidad
Última modificación
Tue , 11/07/2023 - 10:29
Estudiantes de otras Universidades que, estando de intercambio en la UZ, deseen realizar y presentar su TFG/TFM en la UZ:
- El acuerdo previo entre ambas instituciones deberá ser reflejado en el contrato de estudios.
- Les será de aplicación, en cuanto a requisitos previos y de posterior reconocimiento de calificaciones, la normativa de su institución de origen.
- En cualquier caso, la normativa de la UZ les será de aplicación en todos los demás aspectos referidos al desarrollo y presentación del mencionado trabajo.
Estudiantes de la UZ que, estando de intercambio en otra Universidad, deseen desarrollar y presentar en ella su TFG/TFM:
- El acuerdo previo entre ambas instituciones deberá ser reflejado en el contrato de estudios.
- Les será de aplicación, en cuanto a requisitos previos y de posterior reconocimiento de calificaciones, la normativa de la UZ. Los demás aspectos relativos al mismo serán regulados por la normativa de la institución objeto del intercambio.
- Si el alumno no logra superar el TFG/TFM en la universidad de destino, y no ha agotado las dos convocatorias, dispondrá de un periodo extraordinario dentro del mismo curso académico en el que podrá obtener director entre las vacantes existentes.
- La Comisión de Garantía de Calidad establecerá, para cada curso académico, en qué titulaciones se podrá presentar el TFG/TFM en otra institución dentro del programa de movilidad.
Estudiantes de la UZ que, estando de intercambio en otra Universidad, deseen efectuar la defensa del TFG/TFM en la UZ:
- Deberán participar en el proceso de asignación de director como el resto de alumnos.
- Podrán depositar y defender el trabajo en la convocatoria correspondiente, siempre que exista constancia por parte de los dos coordinadores del programa de movilidad (Universidad de origen y de destino) de que cumple con los requisitos previos el día lectivo anterior al inicio del periodo de defensa.
- En cualquier caso, la calificación obtenida en la defensa del trabajo se trasladará al acta solo en el momento en el que haya habido comunicación oficial del cumplimiento de este requisito.