Adaptación de planes de estudio
Adaptación: Supone el cambio a las nuevas enseñanzas de Grado que sustituyen al Plan en extinción mediante la aplicación de Tablas de equivalencia entre asignaturas.
Licenciaturas |
Grados |
Filología Clásica | Estudios Clásicos |
Filología Hispánica | Filología Hispánica |
Filología Francesa | Sin equivalencia |
Filología Inglesa | Estudios ingleses |
Geografía y ordenación del territorio | Geografía y ordenación del territorio |
Historia | Historia |
Historia del Arte | Historia del Arte |
- La adaptación de asignaturas se realizará aplicando las Tablas de equivalencia correspondientes sobre las asignaturas que el estudiante tenga aprobadas en el Plan en extinción Ver Tablas de equivalencia por titulaciones
- En todas las asignaturas que puedan adaptarse se respetarán las calificaciones obtenidas y se aplicarán los “Criterios para la Adaptación de Planes de estudio en extinción a los estudios de Grado que los sustituyen” aprobados por acuerdo de 9 de julio de 2010 de la Comisión de Docencia de la Facultad. Ver Criterios de la Comisión de Docencia
- La adaptación no tiene coste económico, excepto si la legislación por la que se fijan los precios públicos así lo señala.
- Los estudiantes de los Planes a extinguir tienen garantizada plaza en la nueva enseñanza siempre que tengan aprobada alguna asignatura en el plan que se extingue.
- IMPORTANTE: A los estudiantes que se adapten a los nuevos Grados les será de aplicación el “Reglamento de Permanencia en títulos oficiales adaptados al EEES en la Universidad de Zaragoza” que entra en vigor el curso académico 2010-2011. Ver Reglamento aprobado por acuerdo del Consejo Social de 28 de octubre de 2014 en:
Procedimiento de solicitud de adaptación y matrícula:
Hay que tener en cuenta que no se puede formalizar la matrícula si no se ha realizado, previamente, la adaptación del expediente académico. Se seguirá el siguiente procedimiento:
A) EL ESTUDIANTE solicita la Adaptación de su expediente en la Secretaría de la Facultad en modelo de impreso normalizado.
Plazos: Del 1 al 30 de septiembre.
B) LA SECRETARÍA de la Facultad realiza la adaptación provisional del expediente académico y la envía al estudiante a la dirección de correo electrónico señalada en su solicitud. (Este sistema de notificación será el empleado habitualmente en el procedimiento de adaptación por lo que se ruega que el estudiante escriba con claridad su dirección de correo electrónico).
C) EL ESTUDIANTE confirma la adaptación realizada remitiendo a la Secretaría de la Facultad, en papel, una copia firmada junto con los impresos de matrícula debidamente cumplimentados y la documentación que proceda (beca, justificante FN, etc.).
D) LA SECRETARÍA de la Facultad formaliza la matrícula y remite al estudiante una copia de la misma por correo electrónico.