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Extinción de planes de estudio

Última modificación
Fri , 24/06/2016 - 02:18

Extinción: La extinción de un Plan de estudios supone que las asignaturas del mismo quedan sin docencia si bien el estudiante que se matricule en ellas tiene derecho a examen. La extinción del Plan se realiza año a año.

Los planes de estudio se extinguirán temporalmente curso por curso quedando sin docencia las asignaturas que los integran, tal y como figura en el siguiente cronograma:

Cronograma extinción planes
Una vez extinguido cada curso, las asignaturas quedan sin docencia y se efectúan cuatro convocatorias de examen en los dos cursos académicos siguientes (Primer y segundo año sin docencia).

En el curso 2016/2017 la matrícula de las asignaturas de Licenciatura sólo podrá realizarse por la Secretaría de la Facultad, una vez autorizada la medida flexibilizadora correspondiente.

Impreso solicitud

En algunos casos será necesario adjuntar también la Hoja de orientación de matrícula.

MEDIDAS FLEXIBILIZADORAS.  Descargar folleto 

La Universidad de Zaragoza ha aprobado una serie de medidas flexibilizadoras para que los estudiantes afectados por la extinción de los vigentes planes de licenciatura, puedan finalizar sus estudios por el plan que iniciaron sin necesidad de adaptarse al plan de estudios de Grado, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos.

La elección de las medidas flexibilizadoras no es, con carácter general, excluyente, siendo compatibles en tanto la normativa académica de aplicación permita su concesión.

Las medidas flexibilizadoras son:

 

  TERCERA CONVOCATORIA EN EL SEGUNDO AÑO EN EXTINCIÓN

El estudiante podrá utilizar tres convocatorias en el segundo año en extinción de la asignatura, hasta agotar las seis convocatorias disponibles.

Requisitos para la concesión de la 3ª convocatoria:

  1. Haber suspendido las dos convocatorias del curso 2015/2016.
  2. No haber agotado el número máximo de convocatorias (seis), que establece la normativa vigente.
  3. Solicitar en la Secretaría de la Facultad la posibilidad de utilizar una tercera convocatoria en el plazo aprobado para cada curso académico.

Plazo para efectuar la solicitud: del 16 al 23 de septiembre de 2016.

Convocatoria de examen

  • El examen se realizará en la 1ª semana de octubre, mediante llamamiento extraordinario y exclusivamente para las asignaturas en que se solicite convocatoria.
  • Las listas de estudiantes autorizados, fechas y horarios para la realización de los exámenes se publicarán en el Tablón de anuncios de la Secretaría y en la página web de la Facultad. Esta publicación tendrá carácter de notificación.
  • El examen será evaluado por el Tribunal que corresponda.


TERCER AÑO SIN DOCENCIA/PLAN ESPECÍFICO

 
Los estudiantes que tengan superado el 85 % de los créditos del plan que se extingue podrán optar por matricular:

a) UN TERCER CURSO SIN DOCENCIA:

                     A tener en cuenta:

  •  MATRÍCULA DE ASIGNATURAS SIN DOCENCIA: el estudiante podrá matricular un máximo de dos asignaturas sin docencia en las cuales no haya estado matriculado en años anteriores. El máximo de dos asignaturas permitido ha de entenderse respecto del total de las asignaturas de la titulación y no respecto de la matrícula anual.
  • Dado que las asignaturas sin derecho a docencia no tienen profesor asignado, el Departamento designará a inicio del curso el profesor o profesores responsables, garantizará al estudiante la tutoría a lo largo del curso, la bibliografía y el material necesario para superar la asignatura.
  • Quien cuente con tres o más asignaturas sin docencia en las que no haya estado matriculado antes, no podrá obtener el título de Licenciado y deberá adaptarse al Grado que lo sustituya. En este caso, la adaptación no es obligatoria de forma inmediata, pudiendo escogerse el curso en el que se solicitará la adaptación al Grado.
  • El estudiante tiene derecho a examen en las dos convocatorias ordinarias del curso.

b) UN PLAN ESPECÍFICO que permita superar la carga lectiva que les reste: Consiste en cursar las asignaturas equivalentes del Grado de acuerdo con la TABLA aprobada por la Comisión de Garantía de la Calidad de las Titulaciones de Grado para cada Licenciatura en extinción.

                      Se dispondrá únicamente de un máximo de dos convocatorias (hasta agotar las seis permitidas por la normativa).

Estas dos medidas son incompatibles entre sí. Se solicitarán, exclusivamente, para superar las asignaturas pendientes que se encuentren en tercer curso en extinción (asignaturas de 5º curso y optativas de segundo ciclo). En ambos casos, si no se superan el estudiante no podrá obtener el título en la Licenciatura y deberá adaptarse obligatoriamente al Grado que la sustituye.

La solicitud podrá estimarse únicamente en el curso siguiente a la extinción definitiva de la asignatura, tal y como figura en la siguiente tabla:

 Tabla extinción sin docencia

Plan específico. Criterios de organización docente

El plan específico consistirá en cursar las asignaturas equivalentes del Grado de acuerdo con la TABLA aprobada por la Comisión de Garantía de la Calidad de las Titulaciones de Grado para cada Licenciatura en extinción.

 
Licenciatura en Filología Clásica
Licenciatura en Filología Francesa
Licenciatura en Filología Hispánica
Licenciatura en Filología Inglesa
Licenciatura en Geografía y Ordenación del Territorio
Licenciatura en Historia
Licenciatura en Historia del Arte

En el caso de las asignaturas equivalentes del Grado, se formalizará matrícula con el mismo régimen de precios públicos, convocatorias, calendario y sistema de evaluación al de los matriculados en el grado correspondiente. Una vez superadas las asignaturas, se adaptarán en el expediente de licenciatura conservando la calificación obtenida y sin coste económico alguno.

Si como resultado de la aplicación del Plan Específico el estudiante debe cursar dos asignaturas del Grado para poder superar la carga lectiva correspondiente a una única asignatura de licenciatura se tendrá en cuenta lo siguiente:

  • Para obtener la calificación final deberán estar superadas las dos asignaturas del Grado aunque la superación de cada una de las asignaturas se realice en convocatorias diferentes. La calificación obtenida será la nota media ponderada de las calificaciones de ambas asignaturas.
  • Para promediar será necesario haber aprobado las dos asignaturas del Grado o, al menos, haber obtenido como mínimo la calificación de cuatro en una de ellas.
  • En el caso de no superar una de las dos asignaturas de Grado figurará la calificación de No presentado.

Plazo para efectuar la solicitud: del 16 de septiembre al 7 de octubre de 2016.

Deberá adjuntar a su solicitud la Hoja de orientación de matrícula.

OBTENCIÓN DE CRÉDITOS DE LIBRE ELECCIÓN

Además, por Acuerdo de la Comisión de Garantía de la Calidad de los Grados de la Facultad de Filosofía y Letras, de manera excepcional, a partir del curso académico 2014-2015 (Primer año sin docencia de las asignaturas de 5º curso) y hasta la extinción total de la titulación en el curso 2016-2017, los estudiantes a quienes les resten créditos de Libre elección necesarios para la finalización de la titulación podrán matricular asignaturas optativas de cualquiera de los Grados impartidos en la Facultad cuyo contenido no coincida con asignaturas ya cursadas.

Para determinar la coincidencia de contenido se empleará la TABLA de asignaturas equivalentes del Grado aprobada por la Comisión de Garantía de la Calidad de las Titulaciones de Grado para cada Licenciatura en extinción.

Se formalizará matrícula en las asignaturas de Grado con el mismo régimen de precios públicos, convocatorias, calendario y sistema de evaluación al de los matriculados en el grado correspondiente. Una vez superadas las asignaturas, se adaptarán en el expediente de licenciatura conservando la calificación obtenida y sin coste económico alguno.

A partir del curso académico 2017-2018 el estudiante que no haya obtenido los créditos de Libre Elección que le resten para la finalización de los estudios no podrá obtener el título en la Licenciatura y deberá adaptarse obligatoriamente al Grado que la sustituye.

Plazo para efectuar la solicitud: periodo oficial de matrícula

Deberá adjuntar a su solicitud la Hoja de orientación de matrícula.