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Evaluación por Compensación

Última modificación
Lun , 20/03/2023 - 11:07

Requisitos:

  1. Haber cursado al menos el cincuenta por ciento de la carga lectiva en la Universidad de Zaragoza.
  2. Que en el momento de solicitar la evaluación les falte una asignatura para finalizar los estudios de la titulación correspondiente. A estos efectos no computan los créditos del practicum, trabajo fin de grado, reconocimiento de estudios de idiomas (nivel B1), prácticas externas.
  3. Que se hayan examinado de la materia para la que solicitan evaluación por compensación un mínimo de dos convocatorias. Estas convocatorias se realizarán en cursos académicos diferentes en la Universidad de Zaragoza, con excepción de las asignaturas del último curso.
  4. Que se encuentren matriculados de la asignatura y calificados en la convocatoria para la que solicitan compensación con una nota distinta de cero.

Límites para aplicar la compensación:

  • Únicamente podrá solicitarse la compensación de una asignatura obligatoria o de formación básica.
  • La evaluación por compensación no será aplicable a los créditos del practicum, trabajo fin de grado, reconocimiento de estudios de idiomas (nivel B1), prácticas externas o asignaturas equivalentes incluidas como tales en los correspondientes planes de estudios.
  • No podrán solicitar la evaluación por compensación quienes hubiesen sido sancionados mediante resolución firme por irregularidades en la celebración de las correspondientes pruebas de la asignatura para la que solicitan compensación.

Solicitud:

Plazo: el estudiante que cumpla los requisitos exigidos presentará su solicitud junto con el cálculo de la evaluación por Registro Electrónico, dentro de los 10 días lectivos siguientes a la finalización del plazo de entrega de las actas de la convocatoria oficial en la que solicita la compensación curricular.

Documentación:

Resolución:

  • El plazo máximo para resolver será de 15 días lectivos a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • En los casos en que no proceda la admisión de la solicitud, por no concurrir los requisitos establecidos, la dirección del centro acordará su inadmisión. El estudiante podrá presentar de nuevo la solicitud cuando cumpla dichos requisitos.
  • En los casos en que siendo admitida la solicitud no proceda la compensación porque el cálculo de la evaluación no llega a 5, se comunicará la resolución negativa al interesado, que ya no podrá solicitarla de nuevo. Dicha resolución no afectará al expediente académico ni al cómputo de convocatorias.

Recurso:

En caso de inadmisión o resolución negativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada ante el Rector.

Efectos académicos:

El aprobado por compensación equivaldrá a la nota numérica de 5.