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Convocatorias

Última modificación
Jue , 30/03/2023 - 02:35

 El artículo 158 1.d) de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza establece que es derecho de los estudiantes presentarse en cada asignatura a dos convocatorias por curso.

Las asignaturas de los planes de estudio que se imparten en la Facultad pueden ser cuatrimestrales, semestrales y anuales. Las convocatorias se desarrollan en los meses siguientes:

Asignaturas

1ª convocatoria

2ª convocatoria

Primer cuatrimestre/semestre

del 11 al 27 de enero de 2023

del 21 de junio al 7 de julio de 2023

Segundo cuatrimestre/semestre y anuales

del 18 de mayo al 7 de junio de 2023

del 21 de junio al 7 de julio de 2023

 

Trabajos de Fin de Grado y de Fin de Máster:

Pueden ser defendidos en dos convocatorias por curso académico, a escoger entre las aprobadas por la Junta de Facultad para cada curso.

Aquí puedes consultar el calendario de defensas de cada curso académico.

Cómputo de convocatorias:

Los estudiantes de Grado y Máster, con carácter general, dispondrán de un máximo de seis convocatorias para la evaluación final de cada asignatura. A estos efectos, se contabilizarán todas las convocatorias en las que se presente el estudiante y, en el caso de que no se someta a los procedimientos de evaluación establecidos, una por curso académico. La primera vez que el estudiante se matricule en los estudios y en asignaturas de primer curso, solo contarán las convocatorias en que se haya presentado.

A los efectos del cómputo de permanencia en la Universidad, no se contabilizarán las convocatorias en aquellas asignaturas cuyo porcentaje medio de éxito en los tres últimos años sea inferior al 40% o 33% de tasa de éxito el último año o al 50% en tasa de presentados el último año. La tasa de éxito se define como la relación porcentual entre el número total de créditos superados por los alumnos en un estudio y el número total de créditos presentados al examen. La tasa de presentados se define como la relación porcentual entre el número total de alumnos presentados en relación a los matriculados.

Excepciones:

En casos excepcionales, el Rector, a propuesta de la Comisión de Permanencia de Centro, y con el informe de la Comisión de Permanencia de la Universidad, podrá conceder, por una sola vez, dos convocatorias  a los estudiantes que no hayan cumplido las normas de permanencia anteriores, permitiendo su matrícula siempre y cuando demuestren que han concurrido circunstancias especiales que les hayan impedido la dedicación suficiente a los estudios. En dicha concesión se podrá exigir al estudiante su inclusión en un régimen a dedicación a tiempo parcial.

Si un estudiante agota las seis convocatorias de examen en una asignatura, deberá solicitar la séptima y octava convocatorias a través del Registro Electrónico.